Buenas Prácticas: Resolución Nº 8
En la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Salud por medio de la Resolución Nº 8 aprueba las Normas de Buenas Prácticas de Preparación en farmacias que contemplan la preparación de Medicamentos y Preparaciones Homeopáticas. Estas normas son aplicables a la Farmacia con Laboratorio y constituyen un avance para garantizar la calidad al ir mejorando la trazabilidad en los preparados Homeopáticos.
Luego de mas de 30 años de práctica profesional es la primera vez que se puede observar que los Farmacéuticos contamos con una resolución que tiende a adaptarse a la realidad de la farmacia, y que puede ser implementada por etapas, en vez de poner trabas a la verdadera actividad profesional como se hizo alguna vez, esta resolución busca mejorar la calidad del servicio prestado ocupándose así realmente de la Salud Pública aunque debería tenerse en cuenta que los preparados son servicios profesionales y no tratarlos como un producto. Constituye un tema aún a debatir, el concepto de número de lote que mas bien le corresponde a un producto masivo de la industria que a un servicio individualizado o preparado en menor escala. Algo así deberíamos aprender los Farmacéuticos del rubro gastronomía, en donde los alimentos preparados solicitados para su consumo no llevan número de lote, ya que el concepto de lote es un requisito de la industria vinculado a sus productos industrializados para la venta.
Ver Resolución Nº 8
Indican que la verificación de cumplimiento de la citada resolución será progresiva. Se comenzará con la implementación de mejoras en la trazabilidad a partir de Enero 2013.
Las farmacias que fueron habilitadas con laboratorios que no reúnan las condiciones edilicias de la resolución 08/2012, deberán ser evaluadas caso por caso para su adaptación a la misma ya que el Decreto Nº 3521/00 PETITORIO FARMACEUTICO indica que las presentes condiciones "deberán ser observadas por las farmacias a habilitarse, y por aquellas que soliciten traslado a un nuevo local, o para las que efectúen reformas" no teniendo alcance para las Farmacias ya habilitadas.
Los preparados en Farmacia son un servicio por definición de Farmacia, y no deben ser tratados como un producto en sus reglamentaciones, ya que las reglamentaciones aplicables a la industria no son acordes para la ofinina de farmacia profesional.
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